Registro de la jornada laboral, vamos a resolver tus dudas.

Desde marzo de 2019, es obligatorio el registro de la jornada laboral. Esto obliga a las empresas y empresarios a llevar un control sobre el horario. Además también del cumplimiento de las normas laborales.

En muchos casos pueden surgir dudas referidas a como registrar ciertas jornadas laborales y si se esta cumpliendo con lo establecido en la ley. Para evitar problemas con los empleados y con la justicia vamos a tratar de resolver las dudas mas comunes.

Para casos muy específicos y especiales recomendamos contactar con un abogado especialista o profesionales de RRHH. Para conocer la ley sobre registro de la jornada te recomiendo visites nuestro articulo Conoce la normativa de fichaje para empleados.

Vamos a empezar a resolver dudas.

¿Qué tipo de jornadas laborales existen?

En el estatuto de los trabajadores se reconocen 2 tipos:

  • Jornada a tiempo completo, aquella que tiene una duración de 40 horas semanales, no excediendo de 8 horas al día.
  • Jornada parcial es aquella que tiene una duración inferior a las 40 horas semanales, pudiendo repartirse estas según las necesidades de la empresa y siendo acordadas con los empleados. El ejemplo mas conocido es la llamada «media jornada» que tiene una duración de 20 horas semanales.

¿Cuál es la jornada máxima diaria?

En el articulo 34 del estatuto de los trabajadores se indica que la duración máxima de la jornada será de 9 horas. Pero también permite que se pueda superar siempre y cuando este recogido en el convenio colectivo o previo acuerdo con representantes de los trabajadores. Eso si respetando lo establecido en materia de descanso en la jornada laboral.

¿Cómo puedo repartir la jornada?

La distribución de la jornada de trabajo la decide el empresario, normalmente al inicio de la relación laboral, estableciendo el horario que va a realizar la persona trabajadora respetando el número de horas para las que ha sido contratado, ya sea a jornada completa o parcial.

 Se deben respetar lo indicado en el convenio colectivo y los descansos diarios y semanales que establece el Estatuto de los Trabajadores.

La jornada parcia se repartirá en función de las necesidades productivas de la empresa. La empresa decide la fijación de los turnos y la duración la jornada. Siempre que respete las horas contratadas y la normativa sobre descansos y vacaciones y festivos.

¿Quién debe controlar la jornada laboral?

Esta responsabilidad es de la empresa o empresaria/o. Es decir la organización debe poner a disposición de los empleados un sistema para llevar dicho control de la jornada laboral.

¿Cómo debe ser el sistema de regisatro de la jornada laboral?

La ley actual no dispone de ningún sistema especifico. Deja a elección de los responsables de la empresa la elección del sistema.

¿Quién diseña el sistema de registro de la jornada laboral?

Los responsables de cada organización deben diseñar el sistema y comunicarlo a sus trabajadores. Estos resolverán todas las dudas sobre el sistema de registro de la jornada a los empleados.

Entonces, ¿puedo diseñar un sistema manual en papel?

Esta duda sobre el registro de la jornada laboral es muy común. Esto se debe al auge de sistemas automatizados . Pero la respuesta es que si. Si se puede llevar un registro de la jornada en papel. Aunque desde aquí recomendamos un sistema automatizado para facilitar esta labor.

Si quieres mas información sobre estos sistemas en nuestro blog tenemos artículos sobre ¿Cuál es el mejor sistema de fichaje? que te ayudara a elegir el mejor sistema para tu empresa.

Registro de la jornada laboral

¿cual es la frecuencia de registro de la jornada laboral?

El control sobre los horarios debe ser diario. En dicho registro de la jornada laboral deben figurar la hora de entra y salida, así como los descansos que se producen durante la jornada.

¿Qué jornadas tienen derecho a descanso?

Los descansos son una gran duda a la hora de la realización de los horarios y de su registro. Según el estatuto de los trabajadores tendrán derecho a un descanso de mínimo 15 minutos las jornadas que superen las 6 horas seguidas de duración. Se debe pactar la duración del descanso.

¿ Tienen derecho los trabajadores a pausas para fumar?

No hay regulación sobre estos descansos. Por tanto si se acuerdan con la empresa se podrán disfrutar de ellos. Por otro lado si es costumbre dichos descansos, la empresa no podrá de forma unilateral prohibirlos. Si se podrán registrar y descontarlos del tiempo efectivo de trabajo.

¿Debo registrar los descansos?

En principio este hecho genera muchas dudas. Si interpretamos la ley a pies juntillas, si. Se debe registrar cualquier pausa. Pero como resulta muy engorroso en la practica se registran aquellos mas duraderos que si suponen cambio en el tiempo efectivo de trabajo. Como pueden ser los descansos de mínimo 15 minutos establecidos en la ley.

¿Cual es el tiempo de descanso entre jornadas?

La ley establece un mínimo de 12 horas de descanso entre jornadas. Por tanto a la hora de confeccionar nuestros horarios se deberán tener en cuenta estos tiempos de descanso.

¿las horas extra se deben contemplar el en registro de la jornada laboral?

Si. Todas las horas de trabajo efectivo deben ser registradas.

¿ y las horas complementarias?

Estas aunque no pueden exceder del 30% de la duración de la jornada diaria si deben computarse en el control de la jornada laboral.

¿Cuántas horas extra puede trabajar un empleado?

Las horas extra son una herramienta útil en la busque da flexibilidad por parte de las empresas. Pero existe un máximo de 80 horas extras al año.

¿Cómo registro el trabajo remoto?

En muchas empresas no todas las tareas se realizan presencialmente en un centro de trabajo. Puede existir la posibilidad de hacerlo desde casa. La necesidad de hacer el trabajo en movimiento, pensemos en un comercial que visita a los clientes por ejemplo. O directamente el trabajo es en línea y no se necesita de un centro de trabajo.

De todos modos las jornadas en remoto deben ser registradas igualmente. Se deberá de proveer al empleado de un sistema para su registro de la jornada. En este caso las aplicaciones móviles son un sistema muy útil.

Aplicacion de registro de asistencia

¿Qué se considera tiempo de trabajo y por tanto debo registrar?

Actualmente se define como tiempo de trabajo aquel en el cual el trabajador esta en el trabajo, a disposición de la empresa, relazando su actividad o funciones , siempre y cuando se respeten la legislaciones y practicas vigentes.

¿el desplazamiento hasta el puesto de trabajo se debe registrar como jornada de trabajo?

La normativa sobre registro de la jornada laboral obliga a registrar todo lo que se considere tiempo de trabajo.

  • Tiempo de desplazamiento entre el domicilio y el lugar de trabajo: Este tiempo de desplazamiento quedaría excluido del registro horario pues los empleados no están trabajando no prestando ningún servicio al empresario.
  • Tiempo de desplazamiento a un centro de trabajo distinto del habitual: Sí debe considerarse como tiempo de trabajo. Por tanto si se computa como tiempo efectivo de trabajo
  • Tiempo de desplazamiento hacía las oficinas del cliente: Hay puestos de trabajo en los que no existe un lugar fijo de trabajo. En ausencia de centro fijo de trabajo, el tiempo de desplazamiento entre el domicilio del trabajador y la sede del cliente sí se debería considerar tiempo de trabajo.

¿Estoy obligado a registrar la jornada de todos los empleados?

Estarán exentos de fichar en el trabajo aquellos trabajadores que muestra el Artículo 2.1 del Estatuto de los Trabajadores, como los altos directivos de las empresas, personas empleadas del hogar, artistas o deportistas…etc. Tampoco estarán obligados a fichar sus horas de trabajo los autónomos.

¿Qué pasa si soy autónomo?

Es estos casos dependerá de si el autónomo tiene el control sobre el trabajo o son terceros quien le organizan el trabajo. En el primer caso el autónomo esta exento de llevar el registro de la jornada. En el segundo caso será el tercero quien deba registrar las horas de trabajo realizadas por el autónomo.

También puede darse el caso del autónomo con asalariados. En este caso estará obligado a llevar el control de horarios de sus empleados igual que cualquier empresa.

¿Cuánto tiempo debo guardar el registro de la jornada laboral?

Como se establece en la normativa sobre registro de la jornada laboral se debe guardar durante 4 años.

¿Quién tiene acceso a este registro?

El registro de la jornada laboral debe ser accesible para los responsables de la empresa, los responsables de los trabajadores y para los propios trabajadores.

¿Puedo guardar en registro en la nube?

En este sentido, como ya hemos comentado antes, no hay ninguna regulación. El responsable del registro de la jornada laboral elegirá el método que mas le convenga. Por lo tanto no hay problema por guardar el registro en la nube.

registro de la jornada laboral en la nube

¿puedo geolocalizar a mis empleados?

Los sistemas de fichaje en línea, sobre todo las aplicaciones móviles, pueden tener esta función. Puede ser usada para mejorar el registro de la jornada. Siempre y cuando respeta la intimidad y dignidad del empleado. Además debe respetar la ley de protección de datos.

¿Puedo obligar a descargar la aplicación para el registro de la jornada laboral en sus teléfonos particulares a mis empleados?

No. Si el trabajador no quiere usar si teléfono particular la empresa debe facilitarle los medios para llevar el correcto registro de su jornada laboral.

¿Puede el empleado negarse a realizar el registro de la jornada?

No. El empleado esta obligado a llevar el control de su jornada laboral. Eso si la empresa debe velar por que se realice de forma correcta. Las sanciones por no realizarlo serán impuestas a la empresa y no al trabajador.

¿ se puede sancionar a losa empleados que se nieguen o realicen de forma incorrecta el registro de la jornada?

Si aún habiendo comunicado a tus empleados la obligación de registrar de la hora de entrada y salida en el control de la jornada laboral y, un empleado se niega o no lo realiza correctamente podrá ser sancionado por el incumplimiento laboral.

Para ello la dirección de la empresa deberá advertir al trabajador del incumplimiento, indicando la infracción cometida y la sanción haciendo constar la fecha y los hechos que la motivan.

En cuanto a la sanción por reiterada desobediencia del empleado podría ser hasta el despido, siempre atendiendo a lo previsto en el convenio aplicable.

Estas son las dudas sobre el registro de la jornada mas frecuentes. Esperamos haber resuelto tus dudas y haber sido de ayuda. Como ya se ha dicho para circunstancias muy especificas o especiales lo mejor es ir a un especialista en la materia. Y si quieres mas información sobre la legislación vigente sobre el registro de la jornada laboral visita nuestro articulo Conoce la normativa de fichaje para empleados.