Jornada Laboral 37,5 Horas 2026: ¿En Vigor? Estado Real

Actualizado: 29 de mayo de 2026

Respuesta directa: No, la jornada laboral de 37,5 horas semanales no está en vigor en España en 2026 para el sector privado. El proyecto de ley que la planteaba fue rechazado por el Congreso de los Diputados el 10 de septiembre de 2025, al prosperar las enmiendas a la totalidad de PP, Vox y Junts, y el texto se devolvió al Gobierno. El máximo legal sigue siendo de 40 horas semanales de media en cómputo anual, según el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores. La única reducción que sí ha entrado en vigor es la de los empleados públicos (35 horas), que no afecta a las empresas privadas.

Pocas medidas laborales han generado tanta confusión en los últimos meses como la reducción de la jornada a 37,5 horas. Titulares, publicaciones en redes y conversaciones de oficina han dado por hecho un cambio que, a día de hoy, no se ha producido. Si gestionas una empresa, llevas recursos humanos o simplemente quieres saber qué jornada te corresponde, este artículo aclara qué es ley, qué fue solo una propuesta y qué deberías estar haciendo ya con independencia de cómo evolucione el debate.

¿Está en vigor la jornada de 37,5 horas en 2026?

No. La jornada de 37,5 horas semanales no está en vigor en España en 2026 para los trabajadores del sector privado. La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo sigue siendo de 40 horas semanales de promedio en cómputo anual, tal y como establece el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores. Esa cifra no ha cambiado.

La reducción a 37,5 horas fue una propuesta del Gobierno, concretada en un proyecto de ley, pero una propuesta no es una norma vigente. Para que la jornada legal se redujera habría hecho falta que el Congreso aprobara el texto y que este se publicara en el Boletín Oficial del Estado. Nada de eso ha ocurrido. El proyecto fue rechazado en el trámite parlamentario y, en 2026, no existe ningún nuevo proyecto de ley aprobado ni una fecha de entrada en vigor.

Por tanto, cualquier empresa que siga organizando su actividad sobre la base de las 40 horas semanales de media en cómputo anual está cumpliendo la ley. Eso sí, conviene no confundir el máximo legal con lo que pueda establecer el convenio colectivo aplicable, que en muchos casos fija jornadas inferiores. Volveremos sobre este punto más adelante.

Qué pasó el 10 de septiembre de 2025: cronología del rechazo

La medida estrella en materia de jornada de la legislatura siguió un recorrido que terminó frenándose en el Congreso. Esta es la cronología de los hechos clave:

  • 6 de mayo de 2025. El Consejo de Ministros aprobó el proyecto de ley de reducción de la jornada laboral y lo remitió al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria. El texto planteaba rebajar la jornada máxima de 40 a 37,5 horas semanales sin reducción salarial.
  • 10 de septiembre de 2025. El Congreso rechazó el proyecto al prosperar las enmiendas a la totalidad presentadas por el Partido Popular (PP), Vox y Junts. Al sumar mayoría suficiente, esas enmiendas tumbaron el texto en su conjunto.
  • Tras el rechazo. El texto fue devuelto al Gobierno. Una enmienda a la totalidad de devolución no introduce cambios en el articulado: rechaza la norma de raíz y obliga a que, si se quiere insistir, el Ejecutivo elabore y presente un nuevo proyecto desde el principio.

Conviene entender qué es una enmienda a la totalidad para dimensionar lo ocurrido. Es el primer gran filtro político de una ley: en lugar de debatir artículo por artículo, los grupos parlamentarios votan si aceptan o rechazan el proyecto en bloque. Cuando las enmiendas a la totalidad salen adelante, la tramitación se detiene de inmediato. Eso fue exactamente lo que sucedió el 10 de septiembre de 2025 con la reducción de jornada.

El resultado práctico es claro: la reforma no llegó siquiera a la fase de debate detallado del texto. En 2026, la situación legal es la misma que antes de presentarse el proyecto.

Qué jornada máxima te aplica hoy

Para evitar confusiones, lo más útil es ver de un vistazo las tres cifras que circulan en el debate y, sobre todo, cuáles están realmente en vigor y a quién afectan.

Jornada ¿A quién se refiere? ¿En vigor en 2026?
40 horas/semana (media en cómputo anual) Sector privado. Máximo legal del art. 34 del Estatuto de los Trabajadores. Sí. Es el límite legal vigente.
37,5 horas/semana Sector privado. Era la propuesta del Gobierno para reducir la jornada máxima. No. Proyecto de ley rechazado el 10 de septiembre de 2025.
35 horas/semana Funcionarios y empleados públicos de la Administración General del Estado. Sí, desde el 16 de abril de 2026. Solo afecta al sector público.

La lectura de la tabla es sencilla. Si eres una empresa privada, tu referencia legal son las 40 horas semanales de media en cómputo anual. Las 37,5 horas son, hoy por hoy, una cifra que pertenece al terreno de lo que pudo haber sido y no fue. Y las 35 horas, que sí han entrado en vigor, no tienen nada que ver con el sector privado, como veremos a continuación.

Funcionarios vs. sector privado: las 35 horas que SÍ entraron en vigor

Aquí está el origen de buena parte de la confusión. En medio del ruido mediático sobre la reducción de jornada, una medida sí se materializó: la jornada de 35 horas semanales para los empleados públicos, que entró en vigor el 16 de abril de 2026 en virtud de una resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública.

Es fundamental subrayar que esta medida solo afecta al sector público. Los funcionarios y el personal laboral de la Administración no se rigen por el Estatuto de los Trabajadores en este punto, sino por su propia normativa de función pública. La rebaja a 35 horas se aplica en ese ámbito y no se traslada automáticamente a las empresas privadas.

Dicho de otra forma: que un familiar funcionario haya pasado a trabajar 35 horas no significa que tu empresa deba aplicar nada. Son dos universos normativos distintos. La reducción para el sector privado iba a llegar por la vía de la ley de las 37,5 horas, y esa ley fue rechazada. La de los empleados públicos llegó por una vía propia y administrativa.

Conviene tener presente esta distinción cuando un empleado pregunte por la reducción de jornada: las 35 horas de los funcionarios y las (hipotéticas) 37,5 horas del sector privado son cosas diferentes, con normas, ámbitos y estados de vigencia distintos.

La reducción que avanza por convenio, no por ley

Que la ley estatal de las 37,5 horas no haya salido adelante no significa que la jornada en España esté congelada. La realidad es que la reducción de la jornada está avanzando, pero por la vía de la negociación colectiva, es decir, a través de los convenios colectivos, y no por una norma estatal de aplicación general.

El convenio colectivo es el acuerdo que negocian la representación de los trabajadores y la empresa (o la patronal del sector) y que fija, entre otras muchas condiciones, la jornada anual. Y aquí hay un matiz importante: el convenio puede establecer una jornada inferior al máximo legal de 40 horas, pero nunca superior. Cuando el convenio fija menos horas, esa es la jornada que se aplica realmente a la plantilla afectada.

De hecho, muchos convenios firmados o renovados en los últimos años, incluidos varios cerrados en 2026, ya recogen jornadas por debajo de las 40 horas semanales. La tendencia, por tanto, existe y es real; lo que no existe es una obligación legal generalizada de bajar a 37,5 horas.

Para una empresa, esto tiene una consecuencia práctica de primer orden: lo primero que hay que mirar no es el debate político, sino el convenio colectivo de aplicación. Es ese documento, y no los titulares, el que determina la jornada anual real de tu plantilla. Una buena gestión de horarios laborales parte siempre de conocer con exactitud qué jornada fija tu convenio.

Cuántas horas anuales son 37,5 horas y cómo afectaría a tu coste laboral

Más allá del titular semanal, lo que de verdad importa para organizar una empresa es la jornada anual, porque es sobre el cómputo de año completo sobre el que se planifica la producción y se calcula el coste laboral. Veamos el cálculo con cifras reales.

Partamos del dato bruto. Una jornada de 37,5 horas semanales, multiplicada por las 52 semanas del año, arroja 1.950 horas brutas anuales. Pero esa cifra no es la que realmente se trabaja, porque hay que descontar las vacaciones y los días festivos. Una vez aplicados esos descuentos, la jornada efectiva de 37,5 horas se situaría en torno a las 1.700-1.712 horas anuales.

Para tener referencia, una jornada de 40 horas semanales equivale, tras los mismos descuentos, a unas 1.826 horas anuales. La comparación queda así:

  • Jornada de 40 horas/semana: aproximadamente 1.826 horas anuales efectivas.
  • Jornada de 37,5 horas/semana: aproximadamente 1.700-1.712 horas anuales efectivas.
  • Diferencia: en torno a 2,5 horas menos por semana, lo que supone más de 100 horas menos al año.

El impacto en el coste laboral depende de cómo se gestione esa diferencia. La propuesta planteaba la reducción sin rebaja salarial, es decir, cobrando lo mismo por trabajar menos horas. Para la empresa, eso significaría pagar el mismo salario por un menor número de horas de trabajo, lo que en la práctica eleva el coste por hora. Cómo absorber ese impacto (con mejoras de productividad, reorganización de turnos o ajustes de plantilla) era precisamente uno de los puntos más controvertidos del debate.

Aunque la ley no esté en vigor, hacer este cálculo es un ejercicio útil: si tu convenio o una futura norma reducen la jornada, conviene tener medida tu jornada anual real para anticipar el efecto. Y para medirla con precisión, necesitas datos fiables, que es justo lo que aporta un buen registro horario.

Lo que tu empresa SÍ debe cumplir ya: el registro horario

Mientras el debate sobre las 37,5 horas sigue en el aire, hay una obligación que ya es plenamente exigible y cuyo incumplimiento se sanciona: el registro de jornada. Es obligatorio para todas las empresas desde 2019, y consiste en registrar diariamente el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de cada persona trabajadora.

No registrar la jornada constituye una infracción grave según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), con multas que oscilan entre 751 y 7.500 euros por centro de trabajo. La cuantía no es menor, y la Inspección de Trabajo viene prestando especial atención a este aspecto.

Además, la normativa está evolucionando hacia un control más estricto: está en tramitación un Real Decreto para que el registro de jornada pase a ser exclusivamente digital, dejando atrás los sistemas en papel. Es decir, no solo hay que registrar la jornada, sino que el modo de hacerlo se está modernizando por imperativo legal. Puedes profundizar en este punto en nuestro artículo sobre el registro horario digital obligatorio.

La conclusión es importante: con independencia de si las 37,5 horas vuelven o no, tu empresa debe tener resuelto hoy el registro de jornada, y preferiblemente en formato digital. Un sistema fiable de control de asistencia no solo te protege frente a sanciones, sino que te da el dato exacto de horas trabajadas que necesitarás si alguna reducción de jornada llega a aplicarse.

¿Volverá la ley de 37,5 horas? Escenarios y posiciones

La pregunta del millón es si la reducción de jornada volverá a tramitarse. A día de hoy no hay un nuevo proyecto de ley aprobado ni una fecha de entrada en vigor, por lo que cualquier afirmación sobre plazos concretos sería especulación. Lo que sí puede describirse con precisión es el mapa de posiciones, que explica por qué la medida es tan difícil de sacar adelante.

A favor de la reducción

  • El Ministerio de Trabajo, encabezado por la vicepresidenta y ministra Yolanda Díaz, principal impulsor de la medida.
  • Los sindicatos CCOO y UGT, que defienden la reducción de jornada sin rebaja salarial como una mejora de las condiciones de trabajo.

En contra de la reducción por ley

  • Las organizaciones patronales CEOE y CEPYME, que se oponen a una reducción impuesta por ley y defienden que la jornada se negocie en el ámbito de cada sector y empresa, a través de la negociación colectiva.

A esto se suma el factor parlamentario: como demostró la votación del 10 de septiembre de 2025, el Gobierno no contó con la mayoría necesaria en el Congreso, donde PP, Vox y Junts sumaron para rechazar el texto. Mientras esa aritmética no cambie, una nueva ley de reducción de jornada se enfrentaría a las mismas dificultades.

En este escenario, lo más prudente para una empresa es no anticipar cambios legales que aún no existen, pero sí mantenerse informada y, sobre todo, vigilar la negociación de su convenio colectivo, que es la vía por la que la reducción está avanzando de forma efectiva.

Cómo está Europa: comparativa de jornada

El debate español no es una anomalía, sino parte de una tendencia europea más amplia hacia la reducción de la jornada. Mirar a los países del entorno ayuda a poner la propuesta de las 37,5 horas en contexto.

El caso más conocido es el de Francia, que fijó por ley la jornada de 35 horas semanales a través de las llamadas leyes Aubry, impulsadas en torno al año 2000. Francia es, por tanto, el ejemplo de referencia de una reducción de jornada establecida por norma estatal, y suele citarse tanto por sus defensores como por sus críticos.

Más allá de Francia, en los últimos años se ha extendido el interés por fórmulas de organización del tiempo de trabajo más flexibles, entre ellas los proyectos piloto de semana laboral de cuatro días, ensayados en distintos países y sectores. Estos pilotos no implican necesariamente trabajar menos horas en cómputo, sino concentrarlas en menos días, y conviven con las políticas de reducción de la jornada semanal.

La conclusión es que la dirección general en Europa apunta hacia jornadas más cortas o mejor distribuidas. España se inscribe en esa corriente, aunque el ritmo y la vía concretos (ley estatal frente a negociación colectiva) sigan siendo objeto de un intenso debate político y social.

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Tanto si la jornada de 37,5 horas vuelve a la agenda como si tu reducción llega por convenio, hay algo que no cambia: necesitas medir con exactitud el tiempo de trabajo de tu plantilla. Es la base para cumplir con el registro de jornada obligatorio, para calcular tu jornada anual real y para anticiparte a cualquier cambio normativo sin sobresaltos.

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Preguntas frecuentes

¿Está aprobada la jornada de 37,5 horas?

No. El proyecto de ley fue rechazado por el Congreso el 10 de septiembre de 2025 al prosperar las enmiendas a la totalidad de PP, Vox y Junts. En 2026 no hay ningún proyecto aprobado ni fecha de entrada en vigor para el sector privado.

¿Cuál es la jornada máxima legal en 2026?

Para el sector privado, el máximo legal es de 40 horas semanales de media en cómputo anual, según el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores. El convenio colectivo puede fijar una jornada inferior, pero nunca superior.

¿A quién afectan las 35 horas?

Solo a los empleados públicos. La jornada de 35 horas semanales entró en vigor el 16 de abril de 2026 mediante una resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública y no se aplica al sector privado.

¿Cuántas horas anuales son 37,5 horas semanales?

En bruto son 1.950 horas (37,5 x 52 semanas). Descontando vacaciones y festivos, la jornada efectiva se situaría en torno a las 1.700-1.712 horas anuales, frente a unas 1.826 horas con la jornada de 40 horas.

¿La reducción de jornada implica bajar el salario?

No. La propuesta planteaba reducir la jornada de 40 a 37,5 horas sin reducción salarial, es decir, cobrando lo mismo por trabajar menos horas.

¿Puede una empresa aplicar ya las 37,5 horas sin que haya ley?

Sí, voluntariamente o a través del convenio colectivo. Una empresa puede pactar una jornada inferior al máximo legal de 40 horas. De hecho, la reducción de jornada está avanzando en España precisamente por la vía de la negociación colectiva.

¿Qué pasaría con las horas extra?

Las horas extraordinarias son las que superan la jornada ordinaria pactada. Si la jornada ordinaria se redujera (por ley o por convenio), el umbral a partir del cual una hora cuenta como extra también bajaría. En todo caso, su realización exige llevar correctamente el registro de jornada.

¿El registro digital de jornada sigue adelante?

El registro de jornada es obligatorio desde 2019 y su incumplimiento es infracción grave (multas de 751 a 7.500 euros por centro). Además, hay en tramitación un Real Decreto para que el registro pase a ser exclusivamente digital.

¿Qué pasó exactamente el 10 de septiembre de 2025?

El Congreso de los Diputados rechazó el proyecto de ley de reducción de jornada al aprobarse las enmiendas a la totalidad presentadas por PP, Vox y Junts. El texto se devolvió al Gobierno y la tramitación quedó frenada.

¿Francia trabaja 35 horas por ley?

Sí. Francia fijó por ley la jornada de 35 horas semanales mediante las leyes Aubry, impulsadas en torno al año 2000. Es el principal referente europeo de reducción de jornada por norma estatal.

¿Volverá a tramitarse la ley de 37,5 horas?

A día de hoy no hay un nuevo proyecto de ley aprobado ni una fecha prevista. El Ministerio de Trabajo y los sindicatos CCOO y UGT siguen defendiendo la medida, mientras que CEOE y CEPYME se oponen a imponerla por ley. Su futuro depende, en gran parte, de la aritmética parlamentaria.